La generalización de la Custodia Compartida no posibilita enjuiciar cada caso según sus particularidades.
Exista o no acuerdo entre ambas partes, si se sistematiza un modelo de custodia compartida es un error según afirman distintas organizaciones de mujeres, de familia y especialistas que consideran fundamental analizar cada caso concretamente para analizar con detalle qué modelo conviene a cada menor, ya que los intereses del niño priman ante los intereses confrontados de sus padres.
Evolución legal de la figura de Custodia Compartida
Tras una reforma de Código Civil en el año 2005, la custodia compartida se introdujo por primera vez en el ordenamiento jurídico español. Entonces era considerada "excepcionalmente", ya que había que cumplir una larga lista de requisitos que la convertían en minoritaria en los divorcios de mutuo acuerdo y prácticamente inexistente en los procesos contenciosos.
Pero en 2013 el Tribunal Supremo estableció que se trataba del "modelo normal y deseable". Desde entonces se ha manifestado en numerosas sentencias sin tener en cuenta que el conflicto entre ambos progenitores dificulta el desarrollo normal del menor.
Justificación de la conveniencia del modelo.
A partir de la sentencia en 2013 del tribunal Superior, éste inicia una línea jurisprudencial a favor de la custodia compartida, si bien también ha destacado la necesidad de probar y fundamentar la conveniencia de este modelo.
La legislación autonómica.
A la vez, aquellas comunidades con Derecho Civil propio como Valencia, Aragón, Navarra y Cataluña, comenzaron a partir del 2010 a incorporar éste modelo decantándose siempre en favor de la custodia compartida.
Necesidad de mutuo acuerdo entre los progenitores.
Estas entidades entienden y defienden que esta es la solución ideal para la corresponsabilidad en los cuidados, pero para ello tiene que darse en el marco del mutuo acuerdo que se contempla en la Ley de Divorcio y nunca como una decisión del juez contra la voluntad de una de las partes. Alguna de las razones, el hecho de que algunas mujeres que han sufrido violencia de género han optado por la separación en lugar de denunciar el maltrato, hecho este que puede convertir a los hijos en herramientas del maltratador para perpetuar un control sobre la mujer.
Todas las asociaciones coinciden en que la custodia compartida impuesta, va en contra de la igualdad y es una forma más de violencia contra las mujeres, ya que para que la custodia compartida se lleve a cabo con éxito es necesario una buena cooperación y comunicación entre los progenitores.
Necesidad de escuchar a los menores y dificultad para evaluarlos.
Según Save The Childen, el objetivo primordial es que se cumplan todos los derechos del menor y por eso se defiende el estudio particular de cada caso para determinar cual es la mejor solución haciendo hincapié en la necesidad de escuchar a los menores.
Pero se reconoce que en la actualidad no hay medios suficientes en los juzgados que garanticen una correcta evaluación de los menores ni una correcta detección de situaciones que permanecen ocultas como puede ser una violencia de género preexistente. Lo normal es que el equipo psicosocial vea a la familia una sola vez y eleve el informe al juez.
Si tiene algún problema con este tipo
de asuntos en mi despacho de Abogados en Ourense estaré a su entera
disposición para asesorarle y ampliar información. Mi despacho presta servicio también de abogados en Puebla de Trives y abogados en el Barco de Valdeorras
Comentarios Noticia
Nadie ha publicado todavía ningún comentario. Sé el primero en publicarlo.Deja tu comentario